El 4 de abril de 2024 se ha publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) la Orden de 31 de marzo de 2023 por la que se convoca la incorporación de titulares de explotaciones agrarias a las intervenciones de desarrollo rural medioambientales y climáticas, contenidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027, para iniciar nuevos compromisos en la campaña agrícola 2022/2023 o año 2023 hasta el año 2026/2027 o año 2027, ambos incluidos.
Las medidas medioambientales y climáticas son:
- Cultivos agroindustriales sostenibles (34.800.000 euros)
- Aprovechamiento forrajero extensivo mediante pastoreo con ganado ovino y/o caprino (20.475.000 €)
- Gestión sostenible de superficies forrajeras pastables y apoyo a los sistemas tradicionales de pastoreo trashumante (9.000.000 euros)
- Apicultura para la mejora de la biodiversidad (13.600.000 euros)
- Agroecosistemas extensivos de secano (9.112.500 euros)
- Introducción de cultivos minoritarios (13.125.000 euros)
- Cultivos permanentes en paisajes singulares (100.000 euros)
- Empleo de abonado orgánico en sustitución de abono de síntesis química (20.636.625 euros)
- Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción (12.495.000 euros)
- Agricultura ecológica (54.250.000 euros)
Incompatibilidades de las medidas
Se debe tener en cuenta que no todas las medidas son compatibles entre sí, y un mismo beneficiario y su explotación no pueden solicitar las mismas ayudas. Las incompatibilidades son:
- Aprovechamiento forrajero extensivo mediante pastoreo con ganado ovino o caprino con la ayuda de Gestión sostenible de superficies forrajeras pastables y apoyo a los sistemas tradicionales de pastoreo trashumante.
- La ayuda de Introducción de cultivos minoritarios con la de Cultivos permanentes en paisajes singulares.
- Agricultura ecológica es incompatible con todas excepto con Apicultura para la mejora de la biodiversidad, Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción y la de Cultivos agroindustriales sostenibles.
Variaciones de la superficie básica de contrato
Salvo causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales debidamente justificadas, no se permitirá disminuir la superficie básica de contrato (o número de colmenas de contrato y número de animales de contrato, según casos) durante los 5 años del compromiso agroambiental.
Como novedad, en estos nuevos compromisos se permitirá incrementar la superficie básica del contrato siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- que el incremento genere mayor beneficio ambiental,
- que esté motivado por circunstancias relacionadas con la explotación del titular,
- que el incremento solicitado sea de al menos un 20% y no más del 50% respecto a la superficie básica que figure en el contrato inicialmente suscrito; debiendo cumplirse asimismo que dicho incremento sea igual o superior a 1 hectárea (o a 30 colmenas o a 1 animal, según casos).
Plazo de presentación
El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 4 de mayo.
Si estas interesado en acogerte a un nuevo compromiso agroambiental o de agricultura ecológica acude a tu oficina más cercana de UCCL, UNIÓN DE CAMPESINOS, donde se les facilitará más información y se tramitará la correspondiente ayuda.
¿Podemos acogernos a un nuevo contrato agroambiental aunque tengamos uno en vigor?
La respuesta es sí. Quienes tengan compromisos agroambientales en vigor, pueden solicitar incorporarse a estos nuevos compromisos en 2023, quedando sin efecto los anteriores contratos y considerándose rescindidos de facto cuando vean resuelta de manera favorable su solicitud de incorporación a las intervenciones y firmen el correspondiente contrato.
Compromisos agroambientales para las diferentes medidas son:
Agricultura ecológica:
- Tener parcelas sometidas a control por la Certificación o la autoridad de control, a más tardar el 30 de septiembre del año anterior a la solicitud de incorporación o del pago de la ayuda, excepto en esta primera convocatoria 2023 que es a fin plazo solicitud.
- Las parcelas por las que se solicite la ayuda deberán permanecer fijas y sin variar durante los 5 años, con la novedad que se permite incrementar la superficie al menos un 20% y no más del 50% superficie de contrato.
- No cultivar la misma especie en otras parcelas de la explotación en las que no se empleen métodos de agricultura ecológica.
- Acreditar la certificación de la producción ecológica, una vez superado el periodo de conversión.
- Cumplir los las normas de producción y requisitos establecidos en los reglamentos comunitarios de producción ecológica.
- En el caso de superficies forrajeras de pastos permanentes, deberán ser destinadas a la alimentación de ganado ecológico, y el número de hectáreas se corresponderá con el número de UGM.
- Coeficiente de conversión de los pagos: 0,8 para un contrato previo al vigente, 0,60 para dos contratos anteriores y 1,2 para toda la superficie de la explotación en ecológico.

Cultivos Agroindustriales sostenibles:
- No repetir cultivo remolacha 2 años seguidos en misma superficie.
- Incluir plan anual el cultivo leguminosas, proteaginosas o crucíferas en superficie equivalente al 20% de la del contrato (computa la del ecorregimen).
- Incluir anualmente cultivos de regadío diferentes a la remolacha en al menos 20% respecto superficie regadío explotación.
- Incorporar a suelo las hojas y restos cosecha de remolacha a más tardar 1 mes desde el arranque o recolección.
- Establecer sistema Gestión insumos de agua de manera planificada e informatizada: dé como resultado reducción anual de al menos 4% respecto recomendación riego servicios técnicos agronómicos competentes (final contrato suponga al menos 20% reducción).
- Sistema gestión de fertilizantes de manera planificada e informatizada: dé como resultado reducción aportes cada año, de forma que al final del contrato reduzca al menos 15% o que se justifique la realización de sistemas de abonado innovadores y más eficientes, todo ello respeto recomendaciones servicios técnicos agronómicos competentes.
El importe unitario de la ayuda es de 500 €/hectárea de remolacha azucarera.
Aprovechamiento forrajero extensivo mediante pastoreo con ganado ovino y/o caprino:
- Ser titular explotación ganadera no intensiva especie ovina o caprina en Castilla y León.
- Realizar un pastoreo efectivo sobre pastos y rastrojeras sometidos a ordenación común, mediante ganado ovino y/o caprino de la propia explotación.
- Las superficies de pastos y rastrojeras deben estar ubicadas a menos de 10 km de la explotación ganadera salvo casos justificados.
- La relación entre el número total de animales reproductores que pastorean y el conjunto de la superficie de pastos y rastrojeras aprovechadas debe estar comprendido entre 1 o 2. Número animales será el menor de los presentes en la explotación entre 1 enero y 30 abril.
El importe unitario de la ayuda es de 35 €/hectárea.
Gestión sostenible de superficies forrajeras pastables y apoyo a los sistemas tradicionales de pastoreo trashumante
- Ser titular explotación ganadera no intensiva de especies bovina, ovina, caprina o equina.
- Cumplir con una carga ganadera mínima de 0,2 UGM/ha y máxima de 0,75 UGM (para pluviometrías menores a 800 litros/año) y de 1,5UGM/ha (para pluviometrías mayores a 800 litros/año).
- Realizar un aprovechamiento efectivo mediante pastoreo con especies bovina, ovina, caprina y/o equina durante 6 meses al año. en los recintos PS se puede realizar siega.
- Las parcelas forrajeras deben estar a menos de 10 km. de la explotación, salvo desplazamientos debidamente justificados.
- Establecer zonas de secuestro temporal de pastoreo: dejar sin pastorear cada año al menos un 20% de la superficie de contrato durante 3 meses y con carácter rotacional, debiendo indicar cada año en la solicitud de pago anual las parcelas afectadas.
- No utilizar desparasitante ivermectina, exceptos casos estrictamente necesario bajo prescripción veterinaria.
- Realizar al menos 3 de las siguientes acciones:
- Habilitar mecanismos en los bebederos que impidan ahogamiento de aves. Realizar 1º año contrato y se mantendrá durante todo periodo. Hacer fotos antes y después de colocarlos.
- Eliminar especies vegetales exóticas invasoras presente en pastos (Ailanthus sp. Cortaderia sp.). Realizar 1º año y se mantendrá. Pruebas fotográficas antes y después de su eliminación.
- Acogerse sistema alimentación de necrófagas en 1º o 2º año del contrato. Se considera cumplido cuando se realicen aportes de cadáveres.
- Plantar árboles en superficies desarboladas o con arbolado inferior a 60 pies por hectárea, en al menos un nº de 10 árboles por ha. con especies adecuadas. Realizar 1º o 2º año y cumplirlo hasta el último año finalización con un mantenimiento adecuado.
- Convertir alambradas presentes en setos verdes, mediante la implantación de pantallas arbustivas en al menos 25 metros lineales por cada año de contrato. Se cumplirá en uno o varios años, de tal manera que al finalizar el contrato haya cumplido la relación. Pruebas fotográficas antes y después.
- Regenerar los pastos mediante resiembras anuales con especies pratenses en al menos 5% de la superficie de contrato, de tal forma que al final del periodo de contrato resembrado un 25% superficie contrato.
- Compromisos voluntarios:
- Trashumancia: superficies forrajeras deben estar a más de 50 km y deberán aprovecharse al menos de 3 meses y por al menos un N° de animales = a la mitad de has del contrato. Se debe justificar anualmente.
- Protección ganado: compra mastines: relación 1 mastín por cada 30 UGM, y un mínimo de 2 a partir de 20 UGM.
El importe unitario de la ayuda es de 50 €/hectárea.
Apicultura para la mejora de la biodiversidad:
- Dotar a cada colmena de un mínimo de 2 ha para pecoreo.
- NO superar las 100 colmenas por asentamiento.
- Mantener los asentamientos al menos 5 meses consecutivos entre el 1 de abril y el 30 de noviembre.
- Distancia entre asentamientos acogidos a la intervención:
- Asentamientos 50 o más colmenas: más 1km de otros asentamientos
- Asentamientos 49 o menos colmenas: más de 750 menos.
El importe unitario de la ayuda es de 11 €/colmenas.
Agroecosistemas extensivos de secano:
- La superficie de regadío no podrá superar el 20% superficie de la explotación.
- Incremento de dosis de siembra habituales en un 20% en los cereales.
- Dosis mínima semilla: Trigo, cebada: 180 kg/ha. Avena, centeno, triticale: 150 kg/ha.
- Utilizar semillas que no contengan fitosanitarios tóxicos ni peligrosos para el medio ambiente.
- Establecer linderos de vegetación en 10% superficie de contrato. Serán fijos durante los 5 años. Ubicados en parcelas cultivadas en al menos uno de los 2 años anteriores al inicio (excepto linderos acogidos en programas anteriores). Con anchura mínima 5 metros y a una distancia de más de 500 m. de núcleos urbanos y más de 250 m. de vías de comunicación (carreteras, vías ferroviarias).
- Destinar al menos 10% cultivo de leguminosas. En ZEPA Villafáfila será alfalfa.
- Al menos 30% a cultivos de cereales
- Al menos 10% a barbechos
- Retraso de la recolección hasta lo indicado Anexo IV
El importe unitario de la ayuda es de 50 €/hectárea.
Introducción de cultivos minoritarios:
- Destinar superficie agraria a implantar cultivos aromáticos, micorrizados o frutos de cascara. También se permite renovación o sustitución de dichos cultivos, incluso cultivos elegibles ya implantados no hace más de 5 años antes de convocatoria.
- Parcelas fijas y sin varias durante los 5 años y en pleno desarrollo.
- Cultivos aromáticos: dejar sin cosechar anualmente hasta 1 septiembre al menos 5% y no más del 10% de la superficie de contrato. Esta superficie debe variar cada año.
El importe unitario de la ayuda es de:
- 150 €/hectárea de cultivo aromático.
- 200 €/ha de frutos de cascara.
- 250€/ha para cultivos micorrizados.
Cultivos permanentes en paisajes singulares
- Parcelas han de cumplir una de las siguientes condiciones:
- en terrazas o abancalamientos.
- Presentar al menos 100 m. lineales por ha de elementos singulares (setos vivos, muros de piedra). Mantener estado de conservación adecuado.
- Pendiente ≥ 10%
- Ubicada en Parques Naturales de Castilla y León
- Parcelas ≥ 0,10 ha fijas sin variar durante contrato.
- Realizar inventario según anexo V al inicio del contrato y mantener actualizado.
- Mantener cultivos en estado de desarrollo adecuado
El importe unitario de la ayuda es de 100 €/ha
Empleo de abonado orgánico en sustitución de abono de síntesis química:
- Realizar abonado orgánico en al menos 20% de la superficie agrícola de la explotación al final 5 años, que será diferente cada año.
- Aplicar anualmente una cantidad mínima de 10 toneladas de abono orgánico por hectárea.
- Realizar análisis fisicoquímico del abono orgánico anualmente.
El importe unitario de la ayuda es de 75 €/ha
Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción
- Elegibles: animales reproductores que a 1 enero tiene al menos 24 meses en especie bovina, 12 meses en ovina y caprina, 36 meses en equino, o que figuren en registro ganadero en caso porcino y aviar.
- Notificar bajas y sustituciones de animales acogidos a la ayuda.
- Mantener o aumentar en pureza el n° los efectivos reproductores, hasta final del periodo quinquenal
- Pertenecer a una asociación ganadera cuyos fines sean la mejora y conservación de la raza.
- Cumplir con una carga ganadera mínima de 0,2 UGM/ha y máxima de 1 UGM (para pluviometrías menores a 800 litros/año) y de 2 UGM/ha (para pluviometrías mayores a 800 litros/año)
El importe unitario de la ayuda es de 140 €/UGM
UNIÓN DE CAMPESINOS DE CASTILLA Y LEÓN (UCCL)
Organización integrada a nivel estatal en La Unión de Uniones
Santa Lucía 19, 2 Planta – 47005 Valladolid. Telf. 983 30 22 44
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